ESPINOSA CALABUIG
Abreviaturas.
Prólogo.
Introducción.
PRIMERA PARTE
LA REGULACIÓN MATERIAL UNIFORME DE LOS CONTRATOS
INTERNACIONALES DE TRANSPORTE MARÍTIMO: PROBLEMAS
SUBYACENTES AL PROCESO DE UNIFICACIÓN INTERNACIONAL
Capítulo primero
El contrato internacional de transporte marítimo
y el proceso hacia su unificación
A. Punto de partida: El contrato internacional de transporte marítimo y sus especialescaracteres.
B. El camino hacia la regulación sustantiva del contrato internacional de transporte marítimo:razones para una unificación.
C. La labor de la International law association, el Comité marítimo internacional y laUncitral.
D. Problemas subyacentes a la unificación material de la regulación del contrato internacionalde transporte marítimo.
1. Primer problema: Las divergencias existentes en el ámbito espacial deaplicación de los textos convencionales.
2.Segundo problema: Las divergencias existentes en el ámbito material deaplicación de los textos convencionales.
2.1. Principales divergencias en la regulación de un régimen deresponsabilidad por culpa en los textos convencionales.
2.1.1. Aspectos generales de la regulación de la responsabilidad delporteador marítimo en las Reglas de la Haya-Viby.
2.1.2. Aspectos generales de la regulación de la responsabilidad delporteador marítimo en las Reglas de Hamburgo..
2.2. Divergencias existentes en el sistema de limitación de la deuda delporteador marítimo.
3. Tercer problema: las divergencias existentes en la delimitación delmomento inicial y final de la responsabilidad del porteador marítimo.
3.1. Régimen previsto por las Reglas de La Haya-Visby.
3.2. Régimen previsto por las Reglas de Hamburgo.
4. Cuarto problema: las modificaciones realizadas por las leyes nacionalesrespecto al régimen convencional al que dieron efecto.
4.1. El supuesto de la COGSA inglesa de 1924.
4.2. El supuesto de la COGSA de EE.UU. de 1936.
4.3. El supuesto de Francia.
4.4. El supuesto de Italia.
4.5. El supuesto de la LTM española de 1949.
5. Quinto problema: la interpretación no uniforme de los Conveniosinternacionales de transporte marítimo y de las leyes que les han dado efecto.
E. Situación actual de la regulación material del contrato internacional de transporte marítimo.
SEGUNDA PARTE
LA REGULACIÓN CONFLICTUAL: PROBLEMAS DE DETERMINACIÓN
DEL DERECHO APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES
DE TRANSPORTE MARÍTIMO
Capítulo segundo
La determinación del derecho aplicable a los contratos internacionales de transporte marítimo:el principio de autonomía de la voluntad
A. El principio de autonomía de la voluntad como criterio de conexión principal en la regulaciónde los contratos internacionales de transporte marítimo.
1. La importancia de la cláusula paramount como expresión de la autonomíade la voluntad para regular los contratos internacionales de transportemarítimo.
1.1. El origen de la cláusula paramount: las cláusulas Harter Act.
1.2. La promulgación de las Reglas de la Haya y las primeras cláusulasparamount: problemas de interpretación.
1.2.1. La utilización de la cláusula paramount en transportes ya reguladospor las Reglas de la Haya o por una ley que les haya dado efecto: la obligaciónimpuesta por algunas leyes de incluir la cláusula paramount en el conocimientode embarque.
1.2.2. La utilización de la cláusula paramount en transportes excluidos delámbito de aplicación de las Reglas de la Haya o de una ley que les haya dadoefecto.
1.2.2.1. Primer supuesto: Que se trate de un transporte excluido del ámbitoespacial de aplicación..
1.2.2.2. Segundo supuesto: Que se trate de un transporteexcluido del ámbito material de aplicación o del periodotemporal en que resulta aplicable.
1.2.2.3. Tercer supuesto: Que se trate de un transporteevidenciado mediante póliza de fletamento u otrosdocumentos.
1.3. Problemas de interpretación de la cláusula paramount en el contexto deEstados miembros de las Reglas de La Haya de 1924 o de Estados que no hanratificado ningún Convenio.
1.3.1. La contract approach.
1.3.2. Interpretación de la cláusula paramount como cláusula de«incorporación por referencia». Distinción de la cláusula de «elección delDerecho aplicable.
1.3.2.1. Distinción entre la autonomía material manifestada en la cláusulaparamount y la autonomía conflictual de la cláusula de elección del Derechoaplicable.
1.4. La interpretación de la cláusula paramount tras los cambios operados conlas Reglas de Visby.
1.5. La interpretación de la cláusula paramount tras la entrada en vigor delas Reglas de Hamburgo.
2. La determinación de la voluntad de las partes contratantes a partir decláusulas de elección del Derecho aplicable en los conocimientos de embarque:concreción de la voluntad expresa.
3. Determinación de la voluntad tácita de las partes contratantes.
3.1. Determinación de la voluntad tácita a partir de las cláusulas deelección de foro en los conocimientos de embarque.
3.2. Determinación de la voluntad tácita a partir de otros criterios.
B. Límites al ejercicio de la autonomía de la voluntad en el transporte marítimo internacional.
1. La existencia de normas imperativas en el ámbito de los contratosinternacionales de transporte marítimo como límite a la autonomía de lavoluntad.
2. Incidencia de las normas imperativas del foro en el régimen jurídico delos contratos internacionales de transporte marítimo.
3. Posible incidencia de las normas imperativas de terceros estados en elrégimen jurídico de los contratos internacionales de transporte marítimo
C. Alcance del principio de autonomía de la voluntad en los contratos internacionales detransporte marítimo: valoración final.
Capítulo tercero
El derecho aplicable a los contratos internacionales de transporte marítimo en ausencia deelección por las partes: aproximación a los diversos criterios tradicionalmente utilizados
A. La nacionalidad del buque como criterio de conexión subsidiario para determinar el derechoaplicable a los contratos internacionales de transporte marítimo: la ley del pabellón.
1. La nacionalidad del buque como criterio de conexión para regular loscontratos internacionales de transporte marítimo: justificación tradicional desu empleo.
2. Dificultades de la nacionalidad del buque como criterio de conexión pararegular los contratos internacionales transporte marítimo.
2.1. Especial referencia al problema de los pabellones de conveniencia.
3. Crisis de la nacionalidad del buque como criterio de conexión para regularlos contratos internacionales de transporte marítimo.
B. El lugar de celebración del contrato como criterio de conexión subsidiario para determinarel derecho aplicable a los contratos internacionales de transporte marítimo .
1. El lugar de celebración del contrato como criterio de conexión pararegular los contratos internacionales de transporte marítimo: justificacióntradicional de su
La presente obra ofrece un estudio detallado de la regulación actual de los contratosinternacionales de transporte marítimo, caracterizada por una pluralidad de textosconvencionales: unos sustantivos pretendidamente uniformes (Haya-Visby-Hamburgo), otroconflictual (Convenio de Roma de 1980 sobre la ley aplicable a las obligacionescontractuales). El amplio juego de la autonomía de la voluntad y la normativa imperativa nosólo influyen decisivamente en dicha regulación sino que, además, le otorgan uan originalidadno comparable a otros sectores del comercio internacional.